GRAN REMATE DEL 50% INDIVISO DE UN CAMPO AGRICOLA DE FRACCION MAYOR DE 360HA.
COMIENZA EL 3/8/2026 A LAS 7HS Y CULMINA EL 10/08/2026 A LAS 7HS.
EL MISMO SE ENCUENTRA UBICADO EN DISTRITO ALGARROBITO DEL DEPARTAMENTO NOGOYA EN LA ZONA DE LA LOCALIDAD HERNANDEZ EL QUE SE ENCUENTRA APROXIMADAMENTE A: 2,5KM DE LA RUTA NACIONAL N°12 ; A 15KM DE LA CIUDAD DE NOGOYA; A 65KM DE LA CIUDAD DE VICTORIA QUE UNE CON ROSARIO; Y A 85KM DE LA CIUDAD DE PARANA ENTRE OTRAS LOCALIDADES; POSEE SERVICIO ELECTRICO, NO POSEE MEJORAS DE IMPORTANCIA, SI UN TANQUE AUTRALIANO Y EL ALAMBRADO QUE POSEE ES REGULAR, EL CAMINO DE INGRESO DESDE LA RUTA 12 SE ENCUENTRA MEJORADO EN UN 50%.-
CONDICION DE VENTA: BASE PESOS DOSCIENTOS TRECE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA y SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA y UNO ($213.487.691,00) (equivalente a $ 1.186.042,72 por HA o U$D 818 por HA = VALOR PROMEDIO DE LA ZONA U$D 4800 LA HA).
VALORES INCREMENTALES: PESOS CIEN MILLONES ($100.000.000,00) hasta alcanzar la suma de PESOS QUINIENTOS TRECE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA y SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA y UNO ($513.487.691,00).
Y Desde PESOS QUINIENTOS TRECE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA y SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA y UNO ($513.487.691,00) en adelante el monto incremental sea de PESOS CINCUENTA MILLONES ($50.000.000,00) hasta finalizar el remate.-
LUGAR: El acto se realizara a través del Portal de Subastas Judiciales Electrónicas del Poder Judicial de Entre Ríos (Reglamento Subastas Judiciales Electrónicas, Acuerdo General Nº 29/21 del 28.09.2021, Punto 1º), con intervención del Martillero designado en autos, SILVANO ANTONIO GRAND, Matricula Profesional Nº 1.101.- Para participar de la subasta, los interesados (personas físicas o jurídicas) deberán estar previamente registrados como usuarios en el Portal de Subastas: https://subasta.jusentrerios.gov.ar, debiendo asegurarse de contar con las condiciones técnicas necesarias para participar adecuadamente en dicho ámbito, las que corren bajo su exclusiva responsabilidad.
CONDICIONES DE VENTA: A) Comunicación de la oferta ganadora: quien resulte mejor postor de la subasta, será notificado en su panel de usuario del Portal y en la dirección de correo electrónico denunciada al momento de sus inscripción como usuario del sistema. El tribunal agregará al expediente la constancia -como acta provisoria de subasta- del resultado del remate.- B) Pago del precio: El ganador deberá efectivizar el pago de la seña correspondiente al diez por ciento (10%) del precio, más la comisión del martillero (10%) y el costo por el uso del sistema (3 % más IVA) a través de cualquiera de las modalidades de pago autorizadas en el Portal, en el plazo de dos (2) días hábiles de finalizado el remate, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 26 del Reglamento SJE.- Asimismo, deberá abonar, el sellado del 2,3% previsto por los arts. 198 y 212 del Código Fiscal T.O,. 2022- y el art. 14 inc. 5 de la Ley 9622 y modificatorias -T.O. 2022-, sobre el precio de venta, cuyo pago deberá acreditar en las actuaciones el comprador dentro de los 15 días de aprobada la subasta. El saldo del precio de compra se deberá abonar abonar dentro de los cinco (5) días hábiles de aprobarse el remate mediante transferencia electrónica a la cuenta Nº 12-104088/5 – CBU 3860012603000010408855 (art. 24 del Reglamento SJE) o por cualquiera de los medios habilitados por el Portal, bajo el apercibimiento establecido en el art. 25 del Reglamento SJE.- C) Postor remiso; llamado al 2do. o 3er postor: en caso de declararse postor remiso al primer postor (por no verificarse el pago del importe correspondiente en el plazo indicado en el apartado anterior), se dará aviso desde el Portal y el mail denunciado en la inscripción como postor a quienes hubieren ofrecido la segunda o tercera mejor oferta para que, de mantener interés en la compra, se cumplimente con las obligaciones para resultar adquirente del bien subastado (art. 25 Reglamento SJE). En caso de que ninguno de ellos mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta.- D) Perfeccionamiento de la venta: Aprobado el remate y verificada la integración del precio de compra por el tribunal, se procederá a la tradición del bien inmueble, quedando perfeccionada la venta -art. 572 CPCC.- E) Obligaciones del comprador desde la toma de posesión: El adquirente estará obligado al pago de las contribuciones, impuestos y tasas fiscales, desde el día de la toma de posesión del inmueble subastado o desde que se hallare en condiciones de tomarla, art. 149 del Código Fiscal.- F) Impuestos y gastos de transferencia: Dentro de los quince (15) días de notificada la aprobación del remate -art. 240 Código Fiscal-, y para habilitar la transferencia del bien adquirido, el comprador deberá acreditar el pago del sellado previsto por el art 205 del Código fiscal y el art. 13 inc. 5 a) de la Ley Impositiva, debiendo soportar todos los gastos relativos a la inscripción -arts. 1138 y 1141 del Código Civil y Comercial.- ESTADO DE OCUPACION: Según surge del mandamiento de constatación el inmueble se encuentra ocupado por tambero mediero, con instalaciones precarias, un tambo que aparenta estar en funcionamiento y animales sueltos, las vacas lecheras se encuentran en pastoreo.
https://subastas.jusentrerios.gob.ar/lote/gran-remate-50-indiviso–dkk
DIAS Y HORARIOS DE VISITAS: El inmueble podrá ser visitado desde la publicación del presente edicto y hasta el día 5 de agosto de 2026 previa comunicación con el martillero. Informes: al Martillero SILVANO ANTONIO GRAND – CEL. Nº 343-4658491 –CORREO: silvanogrand@gmail.com










